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Lanzamiento de la nueva actividad: Vivienda cedida para uso turístico o vacacional.

Cada vez hay más opciones de alojamiento vacacional y muchas personas prefieren la comodidad de alquilar una casa en sus destinos turísticos en vez de alojarse en un hotel. Por ello, el número de viviendas que se deciden destinar al alquiler de corta estancia ha aumentado notablemente.
Con el propósito de dar una solución de aseguramiento a este segmento, GENERALI refuerza el producto GENERALI Hogar y amplía su oferta de actividades con el lanzamiento de Vivienda cedida para uso turístico o vacacional.
Esta nueva actividad se dirige a viviendas que son cedidas en su totalidad a terceros, para estancias de corta duración y a cambio de contraprestación
económica, por una de estas dos fórmulas:

  • Alquiler de temporada para uso vacacional, con contrato regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
  • Cesión temporal de uso para estancias turísticas en viviendas, con autorización de la Comunidad Autónoma.

A sus habituales y completas coberturas, adaptadas a este uso de vivienda, GENERALI Hogar añade una garantía para la Responsabilidad Civil no contractual que pueda ser imputable al asegurado en su calidad de propietario del continente y contenido asegurados por los daños corporales y/o materiales involuntariamente causados a los inquilinos y ocupantes de la Vivienda cedida para uso turístico o vacacional.
Vivienda cedida para uso turístico o vacacional no se dirige a otros tipos de alojamiento ofrecidos por explotaciones turísticas empresariales, con sus licencias específicas, como son los conjuntos de apartamentos turísticos (AT), los hoteles urbanos o rurales, los albergues y otros establecimientos similares.

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